12-Nov-2007

Para fundamentar la reserva al artículo 43, adición de párrafos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008



Con su venia, diputada Presidenta. Compañeros diputados y compañeras diputadas. Solicito a ustedes que se pueda hacer un agregado, una adición al artículo 43 del dictamen con proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2008, al artículo 43 que es el que garantiza la flexibilidad y disponibilidad de recursos que requiere la atención de emergencia y reconstrucción económica y y social de los estados de Tabasco y Chiapas, y que conforma el Fondo para la Reconstrucción Económica y Social de estos estados.

Quiero hacer la siguiente adición, que consiste en que el Fondo que estará normado por las reglas de operación y que establezca el Ejecutivo federal, tenga los siguientes requisitos mínimos:

Para tal efecto, el Ejecutivo federal establecerá criterios para la atención de las zonas afectadas, mismos que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación, a los 70 días naturales posteriores a la publicación de este decreto, tomando en cuenta, entre otras cosas:

1. Una evaluación extensiva de todos los daños.

2. Que el recurso baje de acuerdo a las necesidades reales de la población en todos los municipios dañados.

3. Una planeación y coordinación para una solución integral de corto y largo plazo al problema inundación que involucra a los tres órdenes de gobierno.

4. Publicar un reporte detallado en Internet de las acciones realizadas que incluyan, en su caso, el padrón de beneficiarios conforme a la ley.

5. Todos los apoyos y materiales de difusión de este Fondo deberán contener las leyendas contenidas en los artículos 28 de la Ley General de Desarrollo Social, y 17 y 23 de este decreto.

Se trata que aunque la ley para regular la reconstrucción de los estados de Tabasco y Chiapas, que fueron afectados por las lluvias de los pasados días, se trata de poner mínimos que regulen este Fondo para la reconstrucción de Tabasco y Chiapas, independientemente de que tenemos un compromiso de ampliar la regulación con la futura aprobación de la Ley de Reconstrucción para el estado de Tabasco.

Tabasco requiere que haya claridad en el manejo de los recursos. Requiere de certidumbre y requiere de un compromiso mínimo para que los recursos que se gasten de este fondo sirvan realmente y en un futuro, para que la comunidad de Tabasco y de Chiapas, deje a salvo la vida de los tabasqueños, no en este proceso de emergencia, sino en el futuro. Por su atención, muchas gracias.


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