Para hablar en contra del dictamen que se expide la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica
Antes de empezar mi intervención le informo a la Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara que voy a hacer uso de mi derecho de acuerdo al artículo 103 del Reglamento.
La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Si le toman por favor el tiempo con el reloj a la diputada, en términos del 103.
La diputada Valentina Valia Batres Guadarrama: Qué bueno que me toca después del diputado Carbajal, porque se ha negado a discutir y a debatir de frente y entonces quiero empezar por tres cosas fundamentales de las que dijo.
Dice el diputado Carbajal que hay órganos autónomos tanto los que se establecen en la Constitución, y fíjense, compañeros, los que están aquí presentes y los que se encuentran comiendo y que nada más vienen a votar porque se los pidió su coordinador, cada artículo de la Constitución que le da vida a un órgano autónomo tiene diferente redacción; solamente el que establece la creación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos le da autonomía presupuestaria. Todos los demás no. Y, efectivamente, parte de que es jurídicamente un órgano autónomo.
Éste es el estudio que entregó la UNAM a la Cámara de Diputados el 5 de noviembre y que nos entregaron a los diputados, después de estar insistiendo —como diputada— que les dieran acceso al conocimiento de este estudio. Aunque era un documento oficial, la Junta de Coordinación, presidida por un diputado del PAN, no quería darla a conocer al pleno. ¿Y saben por qué no le han dado ese valor al estudio de la UNAM? Porque no dice lo que ellos quieren. Porque dice, efectivamente, lo que sospechamos.
Más de 130 diputados de esta legislatura le dijimos a la Junta de Coordinación que había sospechas de inconstitucionalidad de la ley, que valdría la pena mandar hacer un estudio a la UNAM para comprobar su inconstitucionalidad. Y todos los partidos políticos representados en la Junta de Coordinación votaron a favor de que se mandara hacer el estudio de la UNAM, reconociéndole al Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM su alta calidad, capacidad y profesionalismo en el estudio de las leyes. Pero llegó el estudio y en el estudio podemos ver en la cuarta hoja que afirma la UNAM, dice:
Después de un examen minucioso del dictamen en comento, así como de las tesis jurisprudenciales y relevantes aplicables, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM ha concluido que existen varios artículos que violan, tanto la letra como el espíritu del Apartado B del artículo 26 constitucional.
Se recomienda reformar estos artículos antes de aprobar la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, para asegurar mayor coherencia en el texto de la reforma constitucional y la ley reglamentaria; así prevenir la posibilidad de una exitosa acción de inconstitucionalidad o de controversia constitucional. —Dice y sigo leyendo el estudio que entregó el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM—.
Existen tres áreas donde habría inconsistencias entre el dictamen de la Cámara de Diputados y el Apartado B del artículo 26:
a) Violaciones a la autonomía constitucional del Instituto Nacional de Estadística y Geográfica —o sea el nuevo INEGI—, así como de los principios de objetividad e independencia del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.
b) Violaciones a la organización coherente, unificada y federal del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.
c) Violación a los principios de transparencia y accesibilidad del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, así como la falta de coherencia entre el texto del dictamen y las reformas al artículo 6o. constitucional en materia de transparencia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 20 de julio.
Cité esto por lo siguiente: no hace falta, no es suficiente, no es argumentativo que solamente alguien venga, se suba porque viene de la fracción mayoritaria del PAN, a decir "la minuta es constitucional". ¿Porque lo dice el PAN? No. La minuta es inconstitucional después de un exhaustivo estudio de la UNAM, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, que merece todo nuestro respeto, porque, compañeros, es la mejor universidad de América Latina y está dentro de las 100 universidades mejores del mundo. No sabemos si es el mejor diputado, eso lo calificará su comunidad, pero la UNAM sí es y tiene la capacidad suficiente de plantearnos un análisis no parcial, no convenenciero, sino objetivo y profesional.
Por eso quiero remitir a que efectivamente hay tantos organismos autónomos como lo dice la Constitución, nada más que los tratan como organismos autónomos, no como organismos descentralizados de la administración pública federal.
Y dentro de este estudio, viene la cita de lo que dijeron los diputados, bueno, perdón, los senadores de las fracciones parlamentarias que trabajaron y que aprobaron la reforma constitucional.
Quiero citar, porque merecen y porque merece quien nos escucha, saber qué dijeron cuando se reformó el artículo 26, los diputados de otras fracciones.
Y cito: "a partir de hoy el INEGI dejará de ubicarse en la esfera del Poder Ejecutivo, dejará de ser un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y será autónomo. Nace así un nuevo órgano constitucional". Eso dijo Dulce María Sauri, del PRI, cuando aprobaron la reforma constitucional al 26, apartado b). O séase, no había duda de que se trataba de un organismo autónomo, sin limitante.
También el PAN expresó, en ese entonces, que se trataba de un organismo autónomo. Voy a referirme y quiero buscar, perdón porque esta parte… hemos estado estudiando tanto este estudio que entregó la UNAM, dijo el senador Adrián Alanís Quiñones, pronuncio. "que el proyecto de decreto bajo discusión, dice, se refiere a la transformación del Instituto Nacional de Estadística Geográfica e Informática en un organismo de autonomía constitucional para otorgarle independencia de los poderes el cual gozará de personalidad jurídica y patrimonios propios y será el responsable de la política nacional y de los sistemas estadísticos y geográficos en el marco de la nueva cultura de transparencia y acceso universal a la información que fortalece a la planeación democrática nacional". ¿Cuándo se arrepintieron, diputados, legisladores del PRI?
Y sigo. Finalmente el senador Alfredo Martín Reyes Velázquez, sostuvo que en el Grupo Parlamentario de Acción Nacional, dice, "hemos buscado desde hace 15 años que instituciones como la que hoy nos ocupa —INEGI— tengan un marco normativo que les permita actuar con independencia y objetividad, para que de esa forma su función técnica no se vea opacada por intereses particulares".
O séase, quien está tergiversando el espíritu del legislador cuando se reformó la Constitución, son los diputados actuales del PAN, ignorando incluso el trabajo que llevó más de cuatro años para concretar una reforma constitucional.
¿Por qué insistimos en el tema? Sigo insistiendo, porque se pensó en un organismo autónomo que generara cifras auténticas, confiables, objetivas, reales, porque además se le dio una responsabilidad como institución del Estado: generar los indicadores, los indicadores que serán obligatorios para los tres niveles de gobierno y para cualquier institución del Estado y que ésa será la base o punto de partida para aplicar o autorizar políticas de Estado.
En fin, este debate nos tiene que dimensionar porque va a venir, después de mi intervención, un diputado del PRI que va a venir a contarnos y a leernos y a echarnos un rollo sobre la teoría jurídica.
Quiero comentarles, para que sea comprensible para todos y no nos chutemos un rollo jurídico, que quién sabe si además sea comprensible, que le demos validez a este estudio de la UNAM, que vale la pena darle su lugar a una institución tan prestigiada y a un Instituto de Investigaciones Jurídicas conformado pluralmente, que no se equivoca.
Voy a darle lectura a los 16 artículos.
El Presidente diputado Cristian Castaño Contreras: Permítame por favor, diputada. Pedimos a los integrantes de la asamblea escuchar con atención la exposición de la oradora. Continúe.
La diputada Valentina Valia Batres Guadarrama: El dictamen del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM observa al artículo 14 de la ley en comento, de la ley del instituto, que en relación con su compatibilidad constitucional, al artículo le hace falta una reforma integral para equilibrar la representación federal, estatal y municipal en el Consejo Consultivo. Asimismo, se recomienda incluir de manera formal y no únicamente por invitación excepcional a representantes de la sociedad civil.
Cuáles son las funciones de este Consejo Consultivo que tanto hemos mencionado aquí en tribuna. Se va a reunir para aprobar prácticamente el programa de trabajo del INEGI. Qué hace el INEGI actualmente. Hace los censos de población.
Pero va a hacer más en colaboración y en unificar información que se haga llegar de las unidades productoras de información. Pero en este organigrama solamente integran, como unidades de información, a las secretarías de Estado. Y quiero hacer mención de esta estructura.
Si permitimos que así se apruebe, la unidad de información, llámese secretaría, por ejemplo, de Desarrollo Social, que tiene a su cargo 55 programas de fondos federales que se aplican en los estados, imagínense que sea la misma Secretaría juez y parte y, además parte de aplicar la política social del país, sea la que suministre los datos al INEGI diciéndole qué tanta efectividad ha tenido la política social para combatir la pobreza. Obviamente que va a mentir, compañeros, como nos han mentido los últimos 25 años.
Pero nosotros insistimos en no tirar a la basura un proceso de reforma constitucional que llevó cuatro años.
Sigo. El mismo estudio observa al artículo 33 con la compatibilidad con el artículo 26, Apartado B, y dice la opinión de la UNAM. "Se propone eliminar que el Banco de México determine las normas relativas a la información que produzca y requiera para la conducción de la política monetaria". Y decimos esto porque ha sido parte del debate. Las funciones del Banco de México no están a debate con las funciones del INEGI. Al INEGI le tocará producir los indicadores de cómo andan los precios reales en el mercado, no los que invente el Banco de México.
Articulo 37. Con respecto a la compatibilidad con el artículo 6, el orador que me antecedió dice que es constitucional porque él dice que es constitucional. Sin embargo, la UNAM refiere que el artículo 37 —se los voy a leer como viene en el proyecto de ley—: "Los datos que proporcionen para fines estadísticos los informantes del sistema a las unidades, en términos de la presente ley, serán estrictamente confidenciales". Hasta ahí estamos de acuerdo.
Luego dice: "… y bajo ninguna circunstancia podrán utilizarse para otro fin que no sea el estadístico". ¿Por qué no? Y luego dice otro párrafo: "El instituto no deberá proporcionar a persona alguna los datos a que se refiere este artículo para fines fiscales, judiciales, administrativos o de cualquier otra índole".
Nosotros hemos propuesto, más bien el Instituto de Investigaciones Jurídicas —en lo cual nosotros hemos ingresado una reserva en el mismo sentido— propone que en el primer párrafo se inserte "personas", cuando se trata de datos personales, después de la palabra "datos", para que vaya en congruencia con el artículo constitucional y con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información.
También propone la UNAM, y me parece lógico, eliminar que "bajo ninguna circunstancia podrá utilizarse para otro fin que no sea estadístico". No puede limitar esta ley los fines con los cuales se utilice la misma producción de información, porque eso no es competencia del INEGI; será competencia de las instituciones que hagan uso de esa información, bajo lo que ya determina la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información.
En el segundo párrafo propone el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM que se elimine: "El instituto no deberá proporcionar a persona alguna los datos a que se refiere este artículo para fines fiscales, judiciales, administrativos o de cualquier índole".
Viene el artículo 47. Dice el diputado del PAN que me antecedió que es constitucional y que está en apego al 6o. constitucional, pero el artículo 47 de la Ley del INEGI dice a la letra: "La información no queda sujeta a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, sino que se dará a conocer y se conservará en los términos previstos de la presente ley".
Compañeros, no existen términos previstos en esta ley; no habla de términos ni de criterios. Con lo único que nos podemos quedar es con los criterios que ya establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información. ¿Por qué, entonces, plasmar otros que no existen?
Porque más abajo le dan facultades a la Junta de Gobierno de determinar criterios que no están regidos bajo ninguna norma, para determinar, etiquetar información confidencial, más allá de los criterios que marca la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información. ¿Por qué? No lo sabemos. ¿A qué información temen? No lo sabemos.
Hay otro artículo que, además, prohíbe que sean públicos los contratos, los convenios de intercambio de información entre países y nosotros no sabremos porque estará etiquetado como confidencial qué contratos hicieron, qué convenios hicieron con otros países para proporcionarles nuestra información a cambio de información de otros países. O sea que tienen más derechos ciudadanos de otros países por encima de los que nosotros tendremos para conocer de la información y tener acceso a ella. Eso es inconstitucional.
Y así nos vamos al artículo 73, donde también establece una contradicción con el 6o. Dice el artículo 73, en la fracción V: "Son causas de remoción de un miembro de la Junta de Gobierno —fracción V— utilizar en beneficio propio o de terceros la información confidencial o de otra naturaleza que disponga en razón de su encargo".
Hasta ahí estamos de acuerdo, pero dice más: "… así como divulgar tal información en términos diferentes a los autorizados por esta ley". Así que, si un miembro de la Junta de Gobierno cumple con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información eso será motivo de remoción. Pero es constitucional, en fin.
Artículo 74, aquí nos refiere y hace una observación a la violación de la autonomía del órgano. Y viene en el artículo 74, la intromisión del Ejecutivo federal para señalar cuándo podrá intervenir para la remoción del cargo de un miembro de la Junta de Gobierno, así que el equilibrio que se establece en los órganos autónomos se violenta flagrantemente, porque aunque los haya ratificado el Senado, pretenden que el presidente de la república en turno los pueda remover si no son de su completa subordinación o supeditación. Eso es violentar la autonomía.
No sé, entonces, qué tipo de autonomía, porque aquí suben, hablan de órganos autónomos. Hablan de categoría de órganos autónomos, hablan de grados de autonomía, pero nosotros sabemos que solamente la normatividad, la ley tiene normados a dos tipos de organismos: los órganos autónomos que tiene en su propia ley y los órganos descentralizados de la administración pública que están normados por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Y entonces quieren hacernos creer que creamos un híbrido. Si nosotros les aceptáramos esta teoría, la pregunta sería: ¿y este híbrido por qué se norma? Por la Constitución, por la Ley Orgánica de la Administración Pública, o en función de mi conveniencia la regulo para unas cosas como órgano descentralizado y para otras como órgano autónomo.
Resulta que dentro de estos tesoros que guarda esta ley, que no son petroleros, sino de estas cosas incongruentes, resulta que en el artículo 83 y en otros 3 más viene una leyenda de que las funciones del INEGI sobre sus encomiendas, su naturaleza, su funcionamiento, estarán supeditadas a la suficiencia de recursos, dice: a la suficiencia de recursos presupuéstales.
Y entonces volvemos a una discusión: ¿díganme en qué ley existe esta leyenda? En ninguna. Y ya no estamos hablando ni de órganos autónomos ni de órganos descentralizados de la administración pública en ninguna ley que norma a los órganos, a las instituciones del Estado. Viene la leyenda "que sus funciones estarán acotadas siempre y cuando tenga recursos presupuéstales".
Lo meto a colación por lo siguiente. Ya en la vía de los hechos han venido acotando presupuestalmente al INEGI, y eso que es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Ya los censos para medir el nivel económico de vida de los mexicanos, ya se hacen con recursos de la Secretaría de Desarrollo Social, lo que supedita al INEGI a que "el que manda paga" y entonces el que paga propone la metodología y obviamente que no produce información objetiva.
Poner este articulado, permitirlo, es terrible. Es un precedente terrible, porque ahora ya lo tendremos en todas nuestras leyes y entonces decidirá Hacienda si le permite funcionar un órgano o no, de acuerdo al capricho de aplicación de recursos federales.
Bueno, no solamente es terrible eso, sino es terrible supeditar que la producción de la información de los indicadores trabaje de acuerdo al techo presupuestal de las secretarías de Estado y sean las secretarías de Estado las que normen su metodología para obtener los datos.
Seguimos insistiendo. Hay posibilidades de crear instituciones grandes, fuertes, que no generen mucho recurso, pero que sirva su información para políticas responsables, que atienda la verdadera problemática que enfrenta el país ante la pobreza, ante el desempleo.
Hay una estrategia desde la administración pública federal, donde llevamos ya el conteo y lo vamos a dar a conocer en próximos días del número de desempleados por Secretaría de Estado.
Y llevan, compañeros del PAN, récord, su presidente ilegítimo. Las secretarías de Estado han venido abusando para vaciar, para correr a los profesionistas de nuestro país, a los doctores con perfil académico, a gente formada en el Estado mexicano. Han venido aprovechando su espacio de poder para correr a los buenos profesionistas de este país que han trabajado al servicio de su patria, para proponer a sus amigos.
Les vamos a dar a conocer los datos reales, independientemente de lo que aquí se apruebe llevaremos el marcaje por noticia. Y ojalá y por la información que nos proporcione la gente y aquí aprovecho para decirle a los ciudadanos: si esta Cámara de Diputados por la mayoría del PRI y del PAN deciden no darle la dimensión correcta a la reforma constitucional para construir instituciones fuertes del Estado, sino por el contrario, instituciones débiles, aquí en los diputados del PRD, seremos receptores de la verdadera información que hay como realidad en nuestro país para seguir proponiendo leyes que le den dimensión a un Estado mexicano, responsable con su población.
Por su atención, muchas gracias.
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